La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha informado de que un total de 94 personas se han acogido a la prestación de ayuda para morir desde la entrada en vigor, en junio de 2021, de la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia. De ese total, dieciséis procedimientos se llevaron a cabo durante 2025, dentro de un derecho individual y gratuito incluido en la cartera común de prestaciones del Sistema Nacional de Salud.
La asistencia médica para morir se desarrolla bajo un procedimiento regulado y supervisado por profesionales sanitarios. Para ello, el Servicio Canario de la Salud dispone de protocolos, guías y herramientas dirigidas a garantizar que todo el proceso se lleve a cabo con las máximas garantías, tanto para los pacientes como para sus familias.
Perfil de las solicitudes
Desde la entrada en vigor de la norma se han tramitado en Canarias 235 expedientes relacionados con esta prestación. Entre las enfermedades de base más frecuentes figuran las patologías oncológicas, que representan el 44,68 % de las solicitudes, seguidas de las enfermedades neurológicas, con un 32,77 %. También se registraron casos vinculados a pluripatologías, enfermedades respiratorias, osteomusculares y cardiovasculares.
El sesenta por ciento de las solicitudes se originó en la atención hospitalaria, mientras que el 39,1 % se presentó en atención primaria y un porcentaje residual correspondió a residencias. La mayoría de las peticiones fueron formuladas ante profesionales de Medicina Familiar y Comunitaria, seguidas de las realizadas en los servicios de Neurología.
Dónde se realizaron las prestaciones
En cuanto al lugar donde se llevó a cabo la ayuda para morir, el 61,7 % de las prestaciones tuvo lugar en hospitales. El domicilio fue el escenario del 37,2 % de los procedimientos y el 1,1 % restante se realizó en residencias.
Respecto al perfil de las personas solicitantes, la distribución por sexo fue prácticamente equilibrada, con 120 hombres y 115 mujeres. La edad media se situó en 67 años y el grupo de población con mayor número de solicitudes fue el comprendido entre los 60 y los 69 años. Durante 2025, diez de las dieciséis prestaciones se realizaron en la provincia de Las Palmas y las seis restantes en la de Santa Cruz de Tenerife.
Ese volumen representa una tasa media de 2,7 solicitudes por cada 100.000 habitantes y equivale al 0,09 % del total de fallecimientos registrados en Canarias durante el año.
Requisitos y manifestación anticipada de voluntad
La legislación establece que pueden solicitar esta prestación las personas mayores de edad, con plena capacidad para decidir, que padezcan una enfermedad grave e incurable o un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante acreditado por el médico responsable. Además, deben presentar dos solicitudes voluntarias y por escrito con un intervalo mínimo de quince días entre ambas.
La Consejería de Sanidad recuerda también la importancia de la Manifestación Anticipada de Voluntad, el documento mediante el cual una persona deja reflejadas sus preferencias sobre tratamientos, cuidados sanitarios y decisiones relacionadas con el final de la vida, incluida la aceptación o el rechazo de la eutanasia conforme a la legislación vigente. Este documento puede formalizarse de manera gratuita ante personal habilitado de la Consejería de Sanidad o ante notario, y permite además designar representantes que velen por el cumplimiento de la voluntad expresada.