Maribe Doreste, presidenta de la Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT), defiende que miles de propietarios de apartamentos y bungalows en zonas turísticas de Canarias afrontan una situación que pone en cuestión, según sostiene, el uso residencial de inmuebles adquiridos hace décadas sin esa limitación. La organización centra sus críticas en la interpretación de la Ley 2/2013 de Modernización Turística y en los efectos que atribuye a la Ley 6/2025 de vivienda vacacional.
Durante una entrevista en Buenos Días a las 8, programa dirigido por Dulce María Facundo en Radio Las Palmas, Doreste expuso la posición de la plataforma sobre el conflicto, los requerimientos y sanciones que asegura que siguen recibiendo propietarios, el planeamiento de San Bartolomé de Tirajana y la actuación del Registro de la Propiedad. También reclamó respuestas políticas y lanzó una advertencia a quienes estén recibiendo documentación relacionada con la inscripción de sus inmuebles.
¿Cómo se interpreta la Ley 2/2013 de Modernización Turística?
Es una ley que, debido a su ambigüedad, ha provocado que se interprete que el cien por cien de los apartamentos de un edificio donde puede desarrollarse actividad turística tienen carácter turístico exclusivo. Nosotros compramos hace 40 o 50 años, incluso antes de que Canarias fuera comunidad autónoma, propiedades libres de cargas y sin limitación de uso. Lo que reclamamos es que se diferencie un apartamento de un apartamento turístico y que también se determine quién forma parte de un establecimiento turístico. Nosotros compramos un apartamento donde podía desarrollarse actividad turística o no. Formarán parte del establecimiento quienes lo dejen en explotación turística, pero no el resto.
¿Defiendes entonces que en esos apartamentos se puede residir?
Siempre se ha podido. La Ley de Ordenación del Turismo de Canarias establecía las condiciones necesarias para desarrollar la explotación turística, pero eso no significaba que no pudiéramos residir. Podíamos vivir allí el cien por cien de los propietarios si queríamos. Ahora hemos pasado a una interpretación distinta, reforzada, a nuestro juicio, por la Ley 6/2025 de vivienda vacacional, aprobada en diciembre del año pasado. Lo que defendemos es que la obligación de destinar un establecimiento al uso turístico afecta a quienes forman ese establecimiento, no a cualquier propietario de un apartamento.
El planeamiento urbanístico
¿Qué papel tienen los ayuntamientos para determinar dónde puede existir uso residencial?
El planeamiento de San Bartolomé de Tirajana, en este caso el Plan de 1996, no tiene especializado el suelo. Los usos son mixtos y compatibles y no existe una prohibición para residir allí. Eso no ha cambiado. Una ley no puede especializar el suelo porque esa función corresponde al planeamiento y la decisión compete al municipio. La realidad social de San Bartolomé de Tirajana es que existen muchas personas que viven allí como primera residencia, otras utilizan sus propiedades como segunda residencia y otras las alquilan durante largas temporadas.
¿Siguen recibiendo requerimientos y sanciones los propietarios?
Sí. Se han publicado requerimientos y también existen recursos de alzada que ratifican multas por usar lo que es tuyo. Ahora el Ayuntamiento plantea una ordenanza municipal, no para cambiar el plan, porque no puede hacerlo mediante una ordenanza, sino para aclarar qué establece el Plan de 1996. Nosotros sostenemos que los usos residenciales están permitidos, no están prohibidos, son compatibles y los suelos son mixtos. Además, contamos con un informe de la persona que redactó aquel planeamiento.
¿A quién atribuyes la responsabilidad de esa interpretación?
La Ley 2/2013 fue aprobada por el Parlamento de Canarias, pero la interpretación que se hace para multarnos corresponde a la Consejería de Turismo. Hago un llamamiento público a Manuel Domínguez porque no le he oído pronunciarse sobre este problema. También quiero saber cuál es la postura del presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo. Según nuestros cálculos, hay 17.000 empadronados solo en San Bartolomé de Tirajana y cerca de 200.000 propietarios en Canarias que hacen un uso personal de sus apartamentos. Son cifras que deberían obligar a prestar atención al problema.
La nueva legislación
¿Qué cambia, según la plataforma, con la Ley 6/2025 de vivienda vacacional?
El artículo 5.1 introduce una cuestión que consideramos fundamental. Establece la consideración de edificios divididos horizontalmente como establecimientos turísticos y de apartamentos y bungalows como unidades alojativas. Nosotros sostenemos que una propiedad adquirida hace 50 años no puede convertirse ahora en algo diferente de lo que se compró. Nuestras propiedades no tenían una inscripción turística. Por eso cuestionamos que una norma posterior pueda modificar la naturaleza de esos inmuebles.
¿Por qué cuestionan también la actuación del Registro de la Propiedad?
Porque nos preguntamos quién puede decidir el destino registral de nuestras propiedades. Durante décadas hemos confiado en el Registro para que reflejara aquello que comprábamos. Lo que pedimos es que se defienda el título constitutivo, la legalidad existente y la irretroactividad de las normas. Nosotros invocamos el artículo 9.3 de la Constitución Española y consideramos que una norma posterior no puede aplicarse para cambiar las condiciones con las que adquirimos nuestras propiedades.
Lo que pido de un cargo público es imparcialidad, equidad y justicia. Consideramos que el Registro debe mantener una posición neutral y garantizar los derechos de todas las partes.
¿El problema afecta únicamente a San Bartolomé de Tirajana?
No. Hay más afectados en San Bartolomé de Tirajana porque allí el modelo turístico se desarrolló en gran medida mediante complejos inmobiliarios en los que podía existir actividad turística. Muchas personas utilizaron sus ahorros para adquirir una propiedad que podían usar, alquilar durante determinados periodos o mantener como segunda residencia. Pero estamos hablando de un problema que afecta a Canarias.
¿Está la Plataforma de Afectados por la Ley Turística en contra del turismo?
Para nada. Queremos que se desarrolle la actividad turística y que se conozca todo lo bueno que tiene Canarias, empezando por su gente. Estamos a favor de un turismo sostenible. De lo que estamos en contra es del modelo y de la gestión que se hace de los recursos turísticos cuando perjudica a la sociedad residente. No creemos que para favorecer la actividad turística haya que incorporar al mercado viviendas cuyos propietarios quieren utilizar para vivir, como segunda residencia o para otros usos permitidos.
Las reclamaciones políticas
¿Han solicitado reunirse con Fernando Clavijo?
Sí. Hace aproximadamente un mes estuve en el Parlamento de Canarias y, a través de dos diputadas de Coalición Canaria, trasladé mi necesidad de hablar con Fernando Clavijo. Él firmó en su momento un documento con la plataforma en el que se comprometía a modificar la Ley 2/2013 para evitar esta interpretación y preservar el derecho a la vivienda y el derecho de propiedad. Por eso queremos conocer cuál es ahora su posición.
Insistimos en que compramos propiedades con una titularidad como la que puede tener un apartamento en Agaete, en la avenida de Escaleritas o en Las Canteras. Eran propiedades libres de cargas y sin limitaciones de uso. Esa es la realidad que queremos que se respete.
Una advertencia a los propietarios
¿Qué mensaje trasladarías a las familias que temen perder el derecho a utilizar su vivienda?
Hay propietarios que han acudido al Registro de la Propiedad para presentar escritos de oposición con el objetivo de evitar que se modifique el asiento de su propiedad sin autorización y poder defenderse por las vías administrativa o jurídica si alguien intenta hacerlo.
Desde la plataforma advertimos de que se está presentando un documento que, según nuestra interpretación, contiene un apartado por el que el propietario autorizaría al registrador a inscribir el inmueble como turístico y modificar la finca matriz y la finca privativa. Por eso pedimos que nadie firme ningún documento sin conocer antes con precisión sus consecuencias y sin buscar asesoramiento.
La Plataforma de Afectados por la Ley Turística mantiene así abierta su reivindicación para que el uso residencial y los derechos adquiridos por los propietarios sean reconocidos. Doreste sitúa ahora una parte esencial de la respuesta en las administraciones y reclama que el conflicto obtenga una definición jurídica y política capaz de ofrecer seguridad a quienes poseen viviendas en zonas turísticas de Canarias.